En Argentina, esta es una de las consultas más frecuentes de asesoría jurídica. Es importante destacar que esta obligación debe ser fijada en función de las necesidades de quien la perciba y la capacidad económica del padre o madre (o familiar) que debe pagarla.
Compartimos información de interés al respecto:
1. El trámite se lleva a cabo en el Juzgado de Familia correspondiente al lugar de residencia del alimentado/a. Se puede realizar el trámite con el patrocinio de un abogado/a de confianza o uno proporcionado por el estado si careces de recursos económicos.
2. Mediación obligatoria: En provincia de Río Negro se exige la realización de una mediación obligatoria prejudicial, con el objetivo de evitar juicios innecesarios cuando las partes pueden lograr acuerdos amistosos sobre el contenido de la obligación de alimentos.
3. Juicio y determinación de la cuota alimentaria: En caso de no poder arribar a un acuerdo en la instancia de mediación se podrá iniciar el juicio ante el juzgado de familia. Para ello se debe aportar toda la prueba relacionada con el caso. La prueba imprescindible serán los documentos de identidad, las actas de nacimiento que prueben el parentesco, y en su caso los comprobantes de gastos que se pretenden reclamar al alimentante.
4. El juicio concluye con la sentencia que dicta el juez o jueza y que decide sobre el pedido de alimentos, en su caso montos y modos de pago. Tené en cuenta que los alimentos se pueden fijar en sumas fijas de dinero, en un porcentaje de los ingresos del alimentante o en una proporción del salario mínimo vital y móvil.
5. Cumplimiento de la cuota alimentaria: Una vez que se establece la cuota alimentaria, el juez emitirá una sentencia que especificará el monto y las condiciones de pago. En caso de que el alimentante no cumpla con la sentencia o el acuerdo de mediación, es posible obtener el cumplimiento forzado mediante medidas de embargo, sanciones judiciales u otros medios.
Es importante destacar que cada caso puede tener particularidades y que es recomendable buscar el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de familia para guiar y representar adecuadamente tus intereses durante el proceso de solicitud de cuota alimentaria.
Agregamos que debe asistir a l@s hijas/os hasta los 18 años, y hasta los 25 si cursan estudios.
¿Cómo se establece el monto de alimentos?
En general, el monto de la cuota alimentaria se establece como un porcentaje de la remuneración bruta del obligado/a. El porcentaje puede variar según la cantidad de hijos y las necesidades específicas de cada caso. La legislación argentina y los tribunales consideran factores como las necesidades del hijo o los hijos, el nivel de vida previo a la separación, la capacidad económica de los padres y otros elementos relevantes (particulares en cada situación).
Si necesitas asesoramiento en relación a la cuota alimentaria, podés pedir un turno al 2984395933.