Nuestro estudio jurídico se vuelve fuente de consulta y referencia obligada en temas de derecho laboral. Esta mañana, estuvimos en diálogo con Fabio Pincheira y Denis Godoy de AM 740 La Carretera.
Sobre el “Home Office”
Esta modalidad de trabajo se viene aplicando desde hace varios años a la luz del avance de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, que permiten desarrollar muchas actividades, no necesariamente en el espacio físico o sede de la empresa u organismo, sino en otros lugares que pueden ser el domicilio del trabajador u otra locación que no sea dependencia del empleador.
Ya en el año 2012 y ante la existencia de este tipo de modalidad contractual de relaciones laborales, se sancionó una resolución por parte de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación donde se establecían las condiciones que tenía que garantizar el empleador a aquellos trabajadores que desarrollaran tareas en sus domicilios, y también un régimen de control de los lugares específicos para tal fin.
La nueva ley viene a ordenar todos estos procesos que se han vuelto más significativos en las condiciones del ASPO. La pandemia obliga al Congreso a legislar sobre una práctica que en el ámbito privado creció de un 3% a un 37%, proporcionando una normativa que fije las formas y mecanismos de desempeño de esta relación laboral.
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