Condenan a la Municipalidad de Chimpay a indemnizar a un niño que sufrió una amputación por una calesita sin mantenimiento

El Fuero Administrativo de Roca condenó al municipio local a indemnizar a un niño y a su familia tras comprobarse que la falta de mantenimiento de un juego infantil fue la causa directa de una grave lesión.

El caso, que fue patrocinado por los abogados Omar Jurgeit y Silvio Garrido, sentó un precedente importante sobre la responsabilidad del Estado en el cuidado de los espacios públicos.

El hecho

El accidente ocurrió cuando el niño jugaba en una calesita accionada por un timón de hierro. El eje central del juego sobresalía peligrosamente y presentaba una notable inestabilidad. Al inclinarse la estructura hacia un costado, el dedo índice de la mano derecha del chico quedó atrapado entre un caño y el eje, provocándole la amputación de gran parte de la falange.

En el lugar no existía cartelería de advertencia ni personal municipal que alertara sobre la peligrosidad de los juegos. Ante esta situación, los padres iniciaron una demanda por daños y perjuicios, argumentando que el accidente fue consecuencia directa de la falta de medidas de seguridad y conservación.

Durante el proceso, la Municipalidad de Chimpay intentó eximirse de responsabilidad. Negaron los hechos, aseguraron que los juegos estaban «en buen estado» e intentaron culpar a la madre, alegando una supuesta falta de cuidado bajo el argumento de que el niño no podía accionar el juego solo.

Sin embargo, la estrategia defensiva se desmoronó por la falta de pruebas. Pese a ser intimada por el juez, la comuna no presentó planos de la plaza; registros de mantenimiento o resoluciones sobre el cuidado del espacio ni la nómina de empleados asignados al sector.

El fallo: responsabilidad y causalidad

Gracias la gestión de nuestro estudio y a la prueba testimonial, documental y pericial —que confirmó una incapacidad parcial y permanente del 5% en el niño—, el tribunal consideró acreditada la relación de causalidad entre la omisión del Estado (falta de mantenimiento) y el daño sufrido.

La sentencia, que aún no está firme y puede ser apelada, ordena indemnizar al niño por los daños y los gastos médicos. Dado que la víctima es menor de edad, el tribunal dispuso una medida de protección: los padres deberán presentar un proyecto de inversión de los fondos, el cual será auditado por la Defensoría de Menores para garantizar el bienestar futuro del niño.

(imagen ilustrativa)